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Calculadora de IGIC

Calcular el IGIC de cualquier importe en las Islas Canarias, al instante y con una herramienta gratuita. Elige el tipo, escribe la cantidad y obtén base, cuota de IGIC y precio final desglosados.

Tipo de IGIC
%

Ejemplos rápidos

Base → TotalEUR
Base imponible—
IGIC (7%)—

Total con IGIC—
SoloValora · orientativo

Cómo se calcula el IGIC

El IGIC es el impuesto indirecto propio de Canarias, el equivalente al IVA pero con tipos más bajos. Se calcula sobre la base imponible (el precio sin impuestos): la cuota es ese precio por el tipo correspondiente, y el total es la suma de ambos. Para calcular IGIC solo necesitas el importe y el tipo:

El cálculo del IGIC es idéntico al del IVA, cambiando el porcentaje: usar la calculadora te evita la fórmula tanto para calcular el precio final como para extraerle el impuesto.

El IGIC solo se aplica en Canarias. Si facturas en la Península o Baleares, usa el IVA en su lugar — tienes la calculadora de IVA para eso: los precios con IVA llevan allí un 21 % general frente al 7 % canario.

¿Qué es el IGIC y por qué solo existe en Canarias?

El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es el impuesto que se aplica en las Islas Canarias sobre las entregas de bienes y la prestación de servicios: sustituye al IVA dentro del archipiélago. Existe porque Canarias tiene un régimen fiscal propio (el REF, Régimen Económico y Fiscal), pensado para compensar la lejanía del territorio peninsular con impuestos en Canarias más bajos que en el resto de España. Por eso el tipo impositivo general es el 7 % frente al 21 % del IVA en el resto del territorio español, con una escala que va del tipo cero al tipo especial del 15 %. Un caso parecido es el IPSI, el impuesto equivalente de Ceuta y Melilla.

Ejemplos resueltos

Sumar el 7% a 100 €

Base: 100,00 €

IGIC 7%: 100 × 0,07 = 7,00 €

Total: 107,00 €

Quitar el 7% de 107 €

Base: 107 ÷ 1,07 = 100,00 €

IGIC: 107 − 100 = 7,00 €

Base sin IGIC: 100,00 €

Tipo incrementado 9,5% a 200 €

Base: 200,00 €

IGIC 9,5%: 200 × 0,095 = 19,00 €

Total: 219,00 €

Tipo reducido 3% a 50 €

Base: 50,00 €

IGIC 3%: 50 × 0,03 = 1,50 €

Total: 51,50 €

Tipos de IGIC en Canarias (2026)

TipoPorcentajeSe aplica a (ejemplos)
Cero0%Productos de primera necesidad: pan, leche, frutas, verduras, libros, medicamentos, viviendas de protección oficial.
Reducido3%Industria, minería, transporte, hostelería y determinados productos y servicios.
General7%La mayoría de bienes y servicios que no tienen un tipo específico.
Incrementado9,5%Determinados vehículos y entregas concretas según normativa.
Especial15%Artículos de lujo, labores del tabaco y otros bienes específicos.

Los tipos pueden variar por modificaciones normativas; confirma siempre el tipo de tu producto o servicio con la Agencia Tributaria Canaria (ATC).

Si facturas en Canarias: IGIC repercutido, soportado y modelo 420

Como en el IVA, quien factura en Canarias maneja dos flujos: el IGIC repercutido que añades a tus facturas y el IGIC soportado que pagas en tus compras. La diferencia se liquida ante la Agencia Tributaria Canaria, normalmente cada trimestre con el modelo 420. No todo el mundo debe repercutirlo: el régimen especial del pequeño empresario o profesional permite facturar sin IGIC cuando el volumen de operaciones del año anterior no supera los 30.000 €, y hay operaciones exentas como las exportaciones. Para la facturación del día a día, esta calculadora de IGIC te separa base e impuesto de cualquier importe en segundos — una calculadora IGIC gratis, sin registros.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IGIC?
Es el Impuesto General Indirecto Canario, el impuesto indirecto que grava el consumo en Canarias. Cumple la misma función que el IVA en el resto de España, pero con tipos más bajos.
¿Cuál es el tipo general de IGIC?
El 7%. Es el que se aplica por defecto a la mayoría de bienes y servicios que no tienen un tipo específico (0%, 3%, 9,5% o 15%).
¿En qué se diferencia del IVA?
El IGIC solo existe en Canarias y sus tipos son más bajos (general del 7% frente al 21% del IVA). En la Península y Baleares se aplica el IVA; en Canarias, el IGIC.
¿Cómo quito el IGIC de un precio final?
Divide el importe entre 1 más el tipo: entre 1,07 (7%), entre 1,03 (3%) o entre 1,095 (9,5%). El resultado es la base sin IGIC y lo que reste hasta el total es el impuesto.
¿Quién está exento de aplicar IGIC?
Los autónomos y pequeñas empresas acogidos al régimen especial del pequeño empresario o profesional (volumen de operaciones de hasta 30.000 € el año anterior) facturan sin repercutir IGIC. También están exentas operaciones concretas, como las exportaciones o determinados servicios sanitarios y educativos.