Cómo se calcula el IGIC
El IGIC es el impuesto indirecto propio de Canarias, el equivalente al IVA pero con tipos más bajos. Se calcula sobre la base imponible (el precio sin impuestos): la cuota es ese precio por el tipo correspondiente, y el total es la suma de ambos. Para calcular IGIC solo necesitas el importe y el tipo:
- Añadir IGIC: partes de un precio sin IGIC y la calculadora le suma el tipo elegido para obtener el precio con impuestos.
- Quitar IGIC: partes de un precio que ya lo incluye y la calculadora separa cuánto es base y cuánto impuesto.
El cálculo del IGIC es idéntico al del IVA, cambiando el porcentaje: usar la calculadora te evita la fórmula tanto para calcular el precio final como para extraerle el impuesto.
¿Qué es el IGIC y por qué solo existe en Canarias?
El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es el impuesto que se aplica en las Islas Canarias sobre las entregas de bienes y la prestación de servicios: sustituye al IVA dentro del archipiélago. Existe porque Canarias tiene un régimen fiscal propio (el REF, Régimen Económico y Fiscal), pensado para compensar la lejanía del territorio peninsular con impuestos en Canarias más bajos que en el resto de España. Por eso el tipo impositivo general es el 7 % frente al 21 % del IVA en el resto del territorio español, con una escala que va del tipo cero al tipo especial del 15 %. Un caso parecido es el IPSI, el impuesto equivalente de Ceuta y Melilla.
Ejemplos resueltos
Sumar el 7% a 100 €
Base: 100,00 €
IGIC 7%: 100 × 0,07 = 7,00 €
Total: 107,00 €
Quitar el 7% de 107 €
Base: 107 ÷ 1,07 = 100,00 €
IGIC: 107 − 100 = 7,00 €
Base sin IGIC: 100,00 €
Tipo incrementado 9,5% a 200 €
Base: 200,00 €
IGIC 9,5%: 200 × 0,095 = 19,00 €
Total: 219,00 €
Tipo reducido 3% a 50 €
Base: 50,00 €
IGIC 3%: 50 × 0,03 = 1,50 €
Total: 51,50 €
Tipos de IGIC en Canarias (2026)
| Tipo | Porcentaje | Se aplica a (ejemplos) |
|---|---|---|
| Cero | 0% | Productos de primera necesidad: pan, leche, frutas, verduras, libros, medicamentos, viviendas de protección oficial. |
| Reducido | 3% | Industria, minería, transporte, hostelería y determinados productos y servicios. |
| General | 7% | La mayoría de bienes y servicios que no tienen un tipo específico. |
| Incrementado | 9,5% | Determinados vehículos y entregas concretas según normativa. |
| Especial | 15% | Artículos de lujo, labores del tabaco y otros bienes específicos. |
Los tipos pueden variar por modificaciones normativas; confirma siempre el tipo de tu producto o servicio con la Agencia Tributaria Canaria (ATC).
Si facturas en Canarias: IGIC repercutido, soportado y modelo 420
Como en el IVA, quien factura en Canarias maneja dos flujos: el IGIC repercutido que añades a tus facturas y el IGIC soportado que pagas en tus compras. La diferencia se liquida ante la Agencia Tributaria Canaria, normalmente cada trimestre con el modelo 420. No todo el mundo debe repercutirlo: el régimen especial del pequeño empresario o profesional permite facturar sin IGIC cuando el volumen de operaciones del año anterior no supera los 30.000 €, y hay operaciones exentas como las exportaciones. Para la facturación del día a día, esta calculadora de IGIC te separa base e impuesto de cualquier importe en segundos — una calculadora IGIC gratis, sin registros.